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Se fue del país, pero las deudas se quedaron

Los procesos ejecutivos siguen su curso aunque usted viva en Madrid, Miami o Santiago, y los embargos alcanzan sus cuentas y sus bienes en Colombia. La distancia no detiene nada, pero tampoco le impide resolverlo.

Lo que suele pasar

Alguien sale del país con deudas pendientes, con la idea de ponerse al día desde afuera. Los primeros meses envía algo. Después la vida en el nuevo país se lleva el dinero: arriendo, papeles, la familia que quedó allá.

Las llamadas de cobranza pasan a los familiares. Un hermano cuenta que llegó una notificación. Y un día aparece que la cuenta de ahorros está embargada, o que el apartamento que se compró con tanto esfuerzo tiene una medida inscrita.

Por qué ahora sí se puede a distancia

Durante años el obstáculo era práctico: había que estar presente. La Ley 2445 de 2025 habilitó las audiencias virtuales y redujo el plazo de la primera convocatoria, lo que cambió por completo el panorama para quien vive fuera.

Usted firma un poder donde esté

Ante el consulado de Colombia en su ciudad, o ante notario local con apostilla si su país hace parte del Convenio de La Haya. Le enviamos el texto ya redactado: solo tiene que llevarlo y firmarlo.

Nosotros armamos el caso allá

Reunimos la información de sus acreedores, verificamos qué procesos hay en curso y qué medidas están inscritas, y preparamos el inventario y la propuesta. Tener centro de conciliación propio ahorra semanas de coordinación.

Las audiencias son virtuales

Se coordinan en un horario compatible con su huso horario. No necesita pedir permiso en el trabajo ni comprar un tiquete para una audiencia de una hora.

Un solo interlocutor

Le contamos por WhatsApp qué pasó en cada etapa. No tiene que perseguir a nadie ni pedirle a un familiar que vaya a averiguar por usted.

No hace falta contarle a nadie. El trámite lo maneja usted directamente con nosotros. Muchos de nuestros clientes en el exterior prefieren resolverlo sin involucrar a la familia, y esa decisión se respeta.

Antes de asumir que prescribió

Es lo que más nos preguntan quienes llevan años fuera. La prescripción depende del tipo de obligación y, sobre todo, de si hubo actuaciones que la interrumpieran: una demanda presentada, un abono parcial, un acuerdo firmado.

Lo revisamos siempre, porque a veces la respuesta favorece mucho al deudor. Pero no conviene darlo por hecho: hay quien deja pasar una década confiado y descubre que el proceso estuvo activo todo el tiempo.

Vivir fuera no detiene los procesos en Colombia. Cuéntenos qué tiene abierto allá.

Preguntas frecuentes

Dudas de quienes escriben desde fuera

¿Me pueden embargar en el país donde vivo?

Un proceso ejecutivo colombiano recae sobre bienes situados en Colombia. Ejecutar esa decisión sobre ingresos o bienes en otro país exigiría trámites de reconocimiento en ese Estado, que son excepcionales. Lo que sí ocurre es que los procesos abiertos le compliquen cualquier gestión financiera en Colombia.

¿Cuánto tarda si estoy fuera?

Lo que añade tiempo no es la distancia sino el poder: conseguir cita en el consulado o completar la apostilla puede tomar semanas según el país. Una vez el poder está en Colombia, el trámite avanza igual que el de cualquiera que viva aquí.

¿Cómo les pago si no tengo cuenta en Colombia?

Hay varias formas de resolverlo, incluidas transferencias internacionales. Lo conversamos al definir el alcance del servicio, antes de que usted se comprometa a nada.

Tengo doble nacionalidad, ¿cambia algo?

No. Lo determinante no es la nacionalidad sino el domicilio y la ubicación de las obligaciones y los bienes. Otro pasaporte no cambia la situación de las deudas contraídas en Colombia.

Dr. Felipe Rodríguez

Quién responde por esta área

Dr. Felipe Rodríguez

Abogado — Director Jurídico · Facultad Universitaria de Colombia, especialización en Derecho Comercial

Lleva más de cinco años dedicado a la insolvencia de persona natural no comerciante. En ese tiempo ha sacado adelante a decenas de clientes en situaciones críticas de sobreendeudamiento.

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Saber si aplica no le cuesta nada. No saberlo, sí

Cuéntenos cuánto debe y a cuántos acreedores. Le decimos con franqueza si cumple los requisitos, y si no los cumple también se lo diremos.

Esta página tiene fines informativos y no constituye asesoría legal. El cumplimiento de los requisitos depende de su situación financiera concreta.